Ley Orgánica para el Control de Flujo Irregulares de Capitales
- clandestinaradioqu
- 30 jul 2025
- 2 min de lectura

Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales y otras normativas relacionadas con irregularidades financieras en Ecuador, especialmente relevantes para organizaciones sociales, fundaciones y entidades financieras:
🧭 Objetivo de la Ley
- Prevenir, detectar y controlar el uso de capitales para fines ilícitos.
- Promover transparencia, integridad y rendición de cuentas en entidades públicas, privadas y organizaciones sin fines de lucro.
🛡️ Medidas Clave para Organizaciones Sociales (OSC)
- Debida diligencia: Identificar donantes y beneficiarios finales, especialmente en transacciones de alto valor o con jurisdicciones de riesgo.
- Transparencia financiera: Publicar informes auditados, memorias de gestión, y datos sobre gobernanza y recursos.
- Registro formal: Se exige inscripción legal para operar con legitimidad y acceder a fondos.
- Colaboración interinstitucional: Coordinación entre UAFE, SRI, Superintendencias y otras entidades para compartir información y prevenir delitos financieros.
📊 Riesgos Detectados en 2025
- Se han identificado 42 entidades ilegales que operaban sin autorización, captando dinero del público mediante promesas de altos rendimientos.
- Algunas usaban RUCs de empresas no financieras (como talleres mecánicos) para disfrazar sus operaciones.
- Posibles delitos asociados: lavado de activos, evasión tributaria, suplantación de identidad comercial.
⚖️ Normativa Complementaria
- Código Orgánico Monetario y Financiero: Prohíbe a personas o entidades no autorizadas captar dinero del público.
- Ley Orgánica de Integridad Pública: Dispone la remisión de intereses y multas tributarias, y transforma algunas cooperativas en sociedades anónimas.
🧩 Implicaciones para Campañas y Proyectos Sociales
Dado tu interés en plataformas de donación y campañas comunitarias, esta ley puede influir en:
- Cómo se estructuran los proyectos para garantizar trazabilidad de fondos.
- Qué requisitos deben cumplir las fundaciones para recibir cooperación internacional.
- Qué narrativas pueden usarse para destacar la legitimidad y transparencia de una iniciativa.
En conclusión:
🧾 1. Registro y Transparencia Obligatoria
- Las organizaciones sociales deben registrarse en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales (SUIOS) dentro de 90 días.
- Se exige publicar informes anuales con detalles de ingresos, egresos, proyectos, beneficiarios e impactos.
🕵️♂️ 2. Identificación de Donantes y Beneficiarios
- En toda transacción significativa, las entidades deben revelar quién financia y quién se beneficia.
- Esto apunta a evitar el lavado de activos y el financiamiento ilegal, fortaleciendo la trazabilidad.
⚖️ 3. Supervisión y Sanciones
- La SEPS, junto con UAFE y SRI, será responsable del control.
- Se contempla suspensión, disolución o sanciones para organizaciones que incumplan, además de posibles procesos penales.



Comentarios